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COVINET Ingeniería SAS

Contrato de Prestación del Servicio de Internet Banda Ancha

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE INTERNET BANDA ANCHA — COVINET INGENIERÍA SAS

COVINET INGENIERÍA SAS, en adelante COVINET, y el usuario identificado en los datos del presente formulario, en adelante el USUARIO, han acordado celebrar un contrato para la prestación de servicios de Internet, el cual se regirá por las condiciones establecidas a continuación.

Cláusula Primera. OBJETO

COVINET prestará al usuario el SERVICIO a cambio de una contraprestación mensual, en el domicilio indicado, no permitiéndose la conexión de equipos fuera de dicho domicilio. La utilización del SERVICIO se encuentra sometida a las cláusulas del presente contrato.

Cláusula Segunda. PRECIO Y FORMA DE PAGO

Como contraprestación por el servicio, el usuario está obligado a pagar a COVINET los Cargos de Conexión y el cargo fijo mensual que se encuentren vigentes al momento de la oferta, celebración y ejecución del contrato, aprobada de acuerdo con el plan seleccionado por el usuario.

Parágrafo Primero

El pago de los Cargos de Conexión debe efectuarse por una sola vez.

Parágrafo Segundo

El USUARIO pagará un cargo fijo mensual por adelantado a COVINET por la prestación del SERVICIO , el USUARIO deberá cancelar de contado el precio del mismo en las entidades o establecimientos que COVINET autorice, dentro del término establecido para la realización del pago del SERVICIO (10 primeros días de cada mes). Para el caso de los Cargos de Conexión, su forma de pago será de contado el día que COVINET realice la conexión del SERVICIO.

Cláusula Tercera. TRASLADOS Y CAMBIO DE PLANES

El USUARIO podrá solicitar el traslado del servicio hacia otra vivienda o cambio de plan cuando lo desee y asumir el precio y las condiciones del traslado o cambio de plan. COVINET realizará el cambio siempre y cuando sea factible técnicamente, en un tiempo no superior a 8 días hábiles.

Cláusula Cuarta. PROPIEDAD Y RESPONSABILIDAD DE EQUIPOS

Los equipos en comodato son propiedad de COVINET. El USUARIO es responsable de su custodia e indemnizará a COVINET por pérdida o daño atribuible a negligencia. Deberá devolver todos los elementos en las mismas condiciones recibidas.

a. El USUARIO no podrá remover, eliminar o cubrir cualquier marca de identificación del equipo. En cualquier evento en que se requiera determinar su propiedad, el USUARIO informará que es propiedad de COVINET. b. El USUARIO será responsable por el equipo mientras se encuentre bajo su poder e indemnizará a COVIED por su valor comercial, ante la ocurrencia de pérdida del equipo o cualquier daño atribuible a negligencia o uso inadecuado por parte del USUARIO, c. En caso de daño parcial o total del equipo, el USUARIO deberá informar de inmediato a COVINET. d. El USUARIO deberá realizar todas las gestiones necesarias para evitar que los equipos sean involucrados en procesos judiciales que se adelanten en su contra, e. El usuario responderá por todos los elementos que integran la terminal, esto es, el cable de energía, el cable de red, el POE, la antena, el modem, etc. Entregando a COVINET estos elementos en las mismas condiciones en las que COVINET los dejo a disposición del USUARIO, o indemnizando a COVINET con el valor comercial de los equipos en caso de la pérdida o daño de los mismos.

Cláusula Quinta. MESA DE SERVICIOS

COVINET se obliga a prestar el servicio de atención al usuario, el cual incluye el mantenimiento y gestión de todos los elementos contratados por el USUARIO con COVINET y la revisión de aquellos que se necesitan para la correcta prestación del servicio (Modem, antena, POE, etc.). No comprende asistencia técnica de equipos informáticos propios del USUARIO.

Cláusula Sexta. CONDICIONES DEL EQUIPO INFORMÁTICO DEL USUARIO

Para efectos de un buen desempeño en la prestación del SERVICIO por parte de COVINET, el USUARIO deberá cumplir con los requerimientos técnicos en cuanto a sus equipos informáticos que establezca COVINET al momento de la solicitud del servicio. Así mismo, se requieren unas condiciones mínimas en cuanto a la calidad de la fuente de energía disponible para la alimentación eléctrica de los equipos. El usuario deberá garantizar que su equipo de cómputo y su protección de energía cumplen con las condiciones técnicas exigidas por COVINET para la prestación del servicio.

Cláusula Séptima. NIVEL DE SERVICIO

se obliga a la prestación regular y continua del SERVICIO, las 24 horas del día durante los 365 días del año. No obstante lo anterior, el SERVICIO podrá verse interrumpido cuando resulte necesario para realizar operaciones de mantenimiento de la red por parte de COVINET o por otras causas constitutivas de fuerza mayor, caso fortuito o por causas imputables al USUARIO, eventos en los cuales COVINET no asume ninguna responsabilidad. COVINET comunicará al USUARIO la realización de operaciones programadas de mantenimiento de la red, por un término superior a treinta (30) minutos, con un plazo de antelación de por lo menos tres (3) días calendario y procurará que la interrupción dure el mínimo tiempo posible.

Cláusula Octava. RESPONSABILIDAD POR FALLAS EN LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO

COVINET, no constituirá falla en la continuidad del SERVICIO imputable a COVINET: 1. La interrupción del SERVICIO con ocasión de la realización de operaciones de Mantenimiento de la red. 2. La discontinuidad en el SERVICIO ocasionada por la introducción por parte del USUARIO de elementos de Hardware o de Software que ocasionen un mal funcionamiento general de su equipo informático o que resulten incompatibles con los elementos requeridos en dicho equipo para el acceso a Internet a través del SERVICIO. 3. La demora en la resolución de averías por causas imputables al USUARIO. 4. La discontinuidad del servicio por causa de daños causados por eventos naturales (fuertes vientos, lluvia, tormentas, etc.). 5. La discontinuidad del servicio por causa de fallas eléctricas en los nodos de COVINET que tengan duración superior a la soportada por las baterías de respaldo de COVINET y que sean responsabilidad de la empresa prestadora del servicio de energía eléctrica.

Parágrafo Primero: Las fallas en la disponibilidad del SERVICIO se contabilizarán desde el momento en que se efectúe el reporte de la misma, bien por aviso del USUARIO, o por los procedimientos de supervisión que forman parte de la gestión de red de COVINET, hasta el momento en que se restablezca efectivamente el SERVICIO. COVINET atenderá las fallas inicialmente de manera remota y en el caso de ser necesaria una visita por parte de un técnico al domicilio del USUARIO, dicha visita será programada dentro de los (3) días hábiles siguientes al reporte de la falla

Parágrafo Segundo: COVINET no se hace responsable de los equipos informáticos del USUARIO, ni de las alteraciones o interrupciones que éstos puedan producir en el normal funcionamiento del SERVICIO, de acuerdo con las condiciones de seguridad informadas por COVINET.

Clausula Novena. Suspensión Voluntaria

El USUARIO podrá solicitar la suspensión temporal del SERVICIO no mayor a 30 días, sustentando las razones de la misma; COVINET la aceptará cuando la considere viable y no se produzcan efectos desfavorables a terceros. Las razones de la negativa a aceptar la solicitud de suspensión se informarán al USUARIO.

Cláusula Décima. REVENTA DEL SERVICIO

El SERVICIO tiene carácter personal e intransferible. En consecuencia, EL USUARIO no podrá revender el SERVICIO sin la autorización previa y escrita de COVINET, en la cual se establecerán las condiciones de la misma, de conformidad con la normatividad vigente.

Cláusula Décima Primera. DURACIÓN

El contrato tendrá una duración indefinida, su vigencia se iniciará a partir de la instalación, configuración y activación del SERVICIO por parte de COVINET.

Cláusula Decima Segunda. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO

El SERVICIO será suspendido por: 1. Falta de pago del mes vigente, la fecha límite de pago de cada mes es el día 5, de no registrar pago a esta fecha, el servicio será suspendido hasta cuando el usuario realice el pago. 2. Por causas imputables al USUARIO, evento en el cual la reanudación del SERVICIO se realizará dentro de los (3) días hábiles siguientes a la fecha en la que haya cesado el hecho que la originó. 3. Por mutuo acuerdo, previa solicitud del USUARIO hasta por el término de 30 días consecutivos. La suspensión del SERVICIO no exime al USUARIO de la obligación del pago del SERVICIO correspondiente al periodo durante el cual el SERVICIO este suspendido, solo en el caso de suspensión por mutuo acuerdo y solicitud del USUARIO se llegara a un acuerdo para eximir al USUARIO del pago de la totalidad del periodo durante el cual el SERVICIO este suspendido.

Cláusula Décima Tercera. TERMINACIÓN

El presente contrato terminará por cualquiera de las causales previstas en el Contrato y en la Ley, y en especial por: 1. Mutuo acuerdo. 2. Falta de pago de tres (3) facturas consecutivas. 3. Incumplimiento de las obligaciones contractuales o legales de una de las partes, siempre que tal incumplimiento no sea subsanado en un plazo máximo de diez (10) días, contados a partir de la petición escrita de la otra parte solicitando o requiriendo el cumplimiento, salvo que el incumplimiento se considere insubsanable o haga imposible la ejecución del contrato, en cuyo caso la terminación podrá ser inmediata. 4. Liquidación, disolución o incapacidad financiera de alguna de las partes. 5. Fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado que impida de manera definitiva el cumplimiento de las obligaciones contractuales. 6. COVINET podrá terminar unilateralmente el contrato, cuando se tengan serios indicios a través de pruebas técnicas que el USUARIO está utilizando el SERVICIO o sus facilidades, para la prestación de servicios de telecomunicaciones a terceros, sin autorización de COVINET. 7. Decisión del USUARIO, previa solicitud a COVINET con una anticipación de diez (10) días calendario a la fecha de vencimiento del periodo de facturación. 8. Por decisión del usuario ante la modificación en forma unilateral por parte de COVINET, de las condiciones pactadas en el contrato.

Parágrafo Primero: En caso de terminación del contrato, COVINET desconectará el SERVICIO y El USUARIO deberá pagar los meses adeudados a COVINET en el caso de terminación del contrato por falta de pago del SERVICIO, y en todo los casos el USUARIO deberá devolver a COVINET los equipos suministrados en calidad de comodato por éste para la prestación del mismo, si hay lugar a ello. Si El USUARIO, por cualquier motivo no los pudiera devolver o entregar en perfecto estado de funcionamiento salvo el deterioro natural, deberá pagar a COVINET su valor comercial. En todo caso, COVINET procederá a cobrar los valores adeudados por los medios legales establecidos.

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📋 Resumen:

¡Contrato Enviado!

Su solicitud fue recibida. Un técnico de COVINET completará los datos de instalación y recibirá el contrato completo por correo.

COV-2024-0001
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• El técnico se contactará para coordinar la instalación
• Recibirá el contrato completo por correo tras la instalación
• Soporte: 313 355 2565 - 311 292 0423